Aclaran que la doble indemnización no aplica a trabajadores estatales

Por Impulso

La medida instaurada mediante un decreto solo afecta a las entidades privadas.

El gobierno nacional mediante un decreto que la doble indemnización por despido no se aplicará a los trabajadores del sector público. La medida fue confirmada luego de que jerárquicos de la administración anterior reclamaran ese beneficio.

Según recordó el decreto 156, publicado este lunes en el Boletín Oficial, la doble indemnización fue restituida mediante el decreto 34/2019 “para atender la situación de vulnerabilidad de los sectores más desprotegidos y, al mismo tiempo, evitar que se acreciente el nivel de desprotección de los trabajadores y trabajadoras formales, de modo de poder establecer pautas esenciales para el incremento de la demanda y la consecuente puesta en marcha del aparato productivo“.

En tanto, el Ejecutivo agregó que al disponer de esa iniciativa “se aludió a la dinámica del empleo asalariado registrado privado“.

En efecto, el gobierno puntualizó en los considerandos de la nueva normativa que “una interpretación que condujera a extender los alcances del referido decreto al ámbito del sector público nacional estaría desprovista de toda razonabilidad y, a la vez, implicaría un palmario apartamiento de la letra y el espíritu de la norma“.

No obstante ello, resulta necesario aclarar el alcance de esta última, en lo referido al universo de las trabajadoras o trabajadores alcanzados, a fin de evitar eventuales distorsiones en la recta aplicación de aquélla, precisó el documento público.

Por otra parte, un fragmento del decreto explica que se decidió aclarar la norma puesto “que ha tomado estado público la situación que se ha suscitado en el ámbito de distintos organismos y entidades del sector público nacional, en los que altos directivos con responsabilidades jerárquicas pretenden encontrarse abarcados por las previsiones de la norma“.

Télam

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