El gobernador de la provincia de Santa Fe, Hermes Binner, firmó este miércoles el decreto de implementación de una serie de medidas para el sector lechero que apuntan a determinar la calidad del producto y a transparentar el mercado, y de esta manera contribuir al “desarrollo sostenible y equitativo de la actividad”.
La norma crea el Registro Provincial de Productores Lecheros, en el que deberán inscribirse los tambos obligatoriamente en un plazo de 90 días. El registro dependerá de la Secretaría del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocumbustibles del Ministerio de la Producción.
El decreto también establece que el Ministerio de la Producción “definirá los valores composicionales y de calidad” de una Leche de Referencia.
A la vez, “las industrias lácteas deberán publicar o exhibir los precios de la Leche de Referencia que pague al productor al momento de recibirla” e “informar los parámetros promedios de los valores composicionales y de calidad de la leche que los productores les remiten”, indica el decreto. El Ministerio de la Producción “divulgará los promedios de calidades de la materia prima entregada por los productores” inscriptos en el Registro. Esos valores surgirán de la información suministrada por las industrias.
Paralelamente, se crea una “red de laboratorios de servicios lácteos, con el fin de efectuar los controles de rutina de la materia prima de los productores inscriptos en el Registro”. Los productores deberán suscribir “acuerdos de control y verificación con alguno de los laboratorios de la red”. Asimismo, el Ministerio de la Producción “designará un laboratorio de referencia que, en caso de discrepancias, oficiará de árbitro entre los diferentes análisis”.
La definición de la Leche de Referencia se hará “según criterios de técnicos idóneos, guiados por el Comité Técnico Asesor que trabaja en el Plan Piloto en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, como también los que considere el Consejo Económico de la Cadena de Valor Láctea. Sus valores serán revisados periódicamente”, indica la norma.
FUNDAMENTOS
Tras señalar que “el gobierno provincial impulsa la organización de la producción desde el concepto de cadenas de valor donde prime la ecuación ganar – ganar, con el fin de promover el continuo desarrollo y mejoramiento de todos los actores económicos y sociales que participan de ella”, el decreto indica en sus fundamentos que estas medidas permitirán “contar con un sistema de información confiable para la toma de decisiones para el sector” y “proponer políticas activas”.
En ese sentido, destaca que “la determinación de la calidad del producto y la transparencia del mercado son cuestiones que contribuirán al desarrollo sostenible y equitativo de la actividad, evitando que el control de la calidad del producto sea efectuado de hecho por la industria láctea y que el productor desconozca el precio de su trabajo hasta haber comenzado otro mes de entrega, imposibilitándolo así de efectuar transacciones más favorables con otro destino”.
“La producción láctea –afirma– es un motor muy importante para la economía provincial y que además emplea a nueve mil familias rurales y ocho mil empleos industriales de manera no concentrada y por tanto otorgando una gran distribución en el territorio santafesino”.
Teniendo en cuenta que “la provincia de Santa Fe representa un tercio de la producción nacional de leche en tambo”, que “su capacidad industrial es una de las mayores en el ámbito nacional y contribuye con el 50 por ciento de las exportaciones lácteas”, la norma destaca que “todo aporte que el gobierno de la provincia realice en fortalecer la cadena láctea será beneficioso para la construcción nacional”.
También indica que “en el marco de los acuerdos alcanzados en San Francisco por la producción, la industria y las provincias productoras en los años 2002, 2003 y siguientes, la provincia de Santa Fe ha coordinado las tareas de los grupos de trabajo interdisciplinarios, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), gobiernos provinciales, entre los cuales se acordó reglamentar la puesta en vigencia en todo el ámbito nacional, de un formulario de liquidación única, una leche de referencia nacional y un sistema de red de laboratorios lácteos”.
Asimismo, destaca que la provincia “es autoridad de aplicación de la ley nacional Nº 22.802 de lealtad comercial, en la que se establece la obligatoriedad de determinar la calidad del producto y la exhibición o publicación del precio”.