La persona fallecida tiene que haber realizado o desempeñado trabajos esenciales entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brindará una pensión vitalicia para familiares de víctimas de coronavirus. Este beneficio llegará a un monto equivalente a $75.048. La ayuda económica solo incluye a los casos de personas que murieron por la enfermedad hasta el 31 de diciembre de 2020.
En tanto, el valor del monto equivale a dos jubilaciones mínimas. La persona fallecida tiene que haber realizado o desempeñado trabajos esenciales entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
La lista de trabajadores esenciales durante ese periodo es la siguiente
- Trabajadores de la salud pública y privada.
- Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etc).
- Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada).
- Trabajadores de migraciones.
- Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios).
- Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios.
- Empleados de correo.
Pensión por coronavirus: quiénes pueden pedir el beneficio
- Esposo/a conviviente
- Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años, salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad
- Personas a cargo del trabajador fallecido.
Qué documentación necesito para acceder
- DNI de quien solicita la pensión
- Partida de defunción del jubilado o pensionado.
- Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.
- Inscripción a la pensión por Covid-19
- De forma presencial
- Se deberá realizar la gestión en cualquier oficina de Anses y presentar la documentación correspondiente
De forma virtual
Se deberá ingresar a la Atención Virtual de Anses con tu CUIL y Clave de Seguridad Social.
Hacer click en https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=siexp2
Ir a la sección “Iniciar atención”. Luego, ir a la opción “Asistencia para inicio de Pensión COVID Ley 27549” para comenzar el trámite.