Por la pandemia del coronavirus, el Gobierno extendió en todo el país del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, desde el 1º de febrero y hasta el 28 del mismo mes. El DNU tiene en cuenta el retorno a las aulas.
El Gobierno oficializó este sábado la extensión del distanciamiento social, preventivo y obligatorio (Dispo) hasta el 28 de febrero en una medida que pone el foco en la priorización del retorno a las clases presenciales en todas las provincias.
El decreto 67/2021 indica que en todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes, tal como lo precisó el viernes en una entrevista radial el ministro de Educación, Nicolás Trotta.
El funcionario aseguró que el retorno a la presencialidad segura en los establecimientos educativos se realizará “en un trabajo coordinado y conjunto con todos los gobernadores del país”.
En tanto, la norma reafirma que “la reanudación en cada jurisdicción será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda”.
En cada jurisdicción a su vez “se podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica”.
Las autoridades nacionales dispusieron que “en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas, a fin de mitigar la propagación del virus, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales”.
Asimismo, “el personal directivo, docente y no docente y los alumnos -y su acompañante en su caso-, que asistan a clases presenciales y a actividades educativas no escolares que se hubieran reanudado, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional”.
Por otra parte, las autoridades nacionales dispusieron que se podrán dictar las normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas.
En tanto, solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios en espacios cerradas a un 50 por ciento de su superficie.
Fuente: Télam
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