Finalmente, luego de varias semanas de rumores, el Gobierno Nacional dio el visto bueno al dólar turista, aunque sin especificarlo.
Las compras con tarjetas de crédito o débito en el exterior deberán pagar a partir de este lunes un recargo de 20% en concepto de adelanto por Ganancias y Bienes Personales, por resolución General 3450 publicada en el Boletín Oficial, que alcanza a las agencias de viajes y turismo y a los transportes.
El régimen de percepción se aplicará sobre las operaciones de adquisición de bienes y/o prestaciones, locaciones de servicios y/o adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra, administradas por entidades del país.
Asimismo, resultan incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen —mediante la utilización de Internet— en moneda extranjera.
Alcanza las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo —mayoristas y/o minoristas—, del país; las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.
Las percepciones que se practiquen por el presente régimen se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS); del Impuesto sobre los Bienes Personales y demás sujetos del Impuesto a las Ganancias.
La Resolución General lleva la firma del titular de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), Ricardo Echegaray y en los considerandos expresa que se ha observado comportamientos defraudatorios en la tramitación de operaciones de sectores vinculados a la adquisición de moneda extranjera, principalmente con los códigos vinculados al "turismo".