El oficialismo presentó en el Congreso, a través del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, un proyecto de ley denominado “Un puente al empleo”, que busca la conversión de planes sociales en “trabajo genuino y alivio económico” para aquellas Pymes que generen puestos laborales.
EL PROYECTO DE LEY
Según indica el proyecto, que contiene 22 artículos, el Programa “Un puente al empleo” tiene como objetivo principal “transformar, de manera gradual y con un criterio federal, a los planes, programas sociales y prestaciones de la seguridad social en trabajo formal de calidad“.
La propuesta contempla que, por 12 meses, el trabajador o la trabajadora que se adhiera a este programa mantenga “el plan social como complemento del salario“.
Además, el proyecto prevé que el trabajador o la trabajadora accederá a obra social y ART, a la vez que contempla que el trabajador o la trabajadora que participe del programa debe capacitarse y completar cursos de formación, y acceder a los programas de cooperativas municipales y de organizaciones sociales.
De este modo, fuentes parlamentarias indicaron que de esta forma se pretende “consolidar y darle sostenibilidad a una tendencia positiva en la generación de empleo y dar previsibilidad a los y las trabajadores de los distintos sectores de la economía”, orientando sus beneficios en brindar alivio económico a las Mipymes que generen empleo.
Para ello, “Un Puente al Empleo” se centra en dos beneficios principales: por un lado, propone la reducción de hasta el 100% de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales por hasta 24 meses por cada empleado, y establece como tope máximo una suma equivalente a dos salarios mínimos por cada trabajador.
Este requisito tendrá validez para las empresas que posean una nómina de entre cinco y 20 empleados, según establece el proyecto.
De manera complementaria, se promueve un esquema de protección y regularización de situaciones laborales precarias, para que las MiniPymes puedan regularizar relaciones laborales vigentes e iniciadas con anterioridad a la ley.
De esta forma, las empresas podrán rectificar la remuneración real o la fecha real de inicio de la relación laboral sin que se le puedan iniciar acciones penales por el no pago de aportes y contribuciones.
Además, podrán subsanar la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y obtendrán la cancelación de la deuda por capital e intereses y multas por falta de pago de aportes y por las relaciones laborales registradas irregularmente.
De todas formas, para no afectar a los empleados incluidos en la regularización, el Estado computará los aportes no ingresados por los empleadores por hasta por 60 meses.
Para poder acceder a estos beneficios, las MiniPymes no podrán reducir la nómina laboral ni tener ningún empleado no registrado, y no deberán registrar obligaciones previsionales de pago líquidas y exigibles por seis o más períodos fiscales, teniendo la posibilidad de regularizar esta situación dentro de los 30 días de la intimación administrativa y no podrán registrar sanciones laborales que impliquen que sean incorporados en el Repsal.
Télam