La iniciativa aprobada por el Senado para modificar la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos no sólo levantó la prohibición que actualmente tienen las empresas para realizar aportes de campaña sino que, además, establece un marco regulatorio para la propaganda en sitios web y redes sociales.
Entre sus puntos principales, el proyecto girado a la Cámara de Diputados autoriza a las empresas a realizar aportes de campaña por hasta el 2% del total de gastos autorizados y señala que los aportes en dinero sólo podrán efectuarse mediante transferencia o depósito bancario.
El donante deberá acreditar su identidad y los bancos o administradoras de tarjetas de crédito o débito deberán informar al partido que recibe el aporte quién fue la persona que lo efectuó.
La iniciativa también modifica la lista de prohibiciones al agregar que no podrán realizar aportes los contratistas de servicios y obra pública y las personas “imputadas en un proceso penal”, quienes no están incluidos en el listado de la ley actual.
LA REGULACIÓN DEL CIBERESPACIO. Además, incorpora a la Ley de Financiamiento el “registro de cuentas oficiales” de redes sociales de partidos y candidatos, que será elaborado por la Cámara Nacional, y regula la publicidad en medios digitales con recursos públicos.
En este sentido, la iniciativa indica que “del total de los recursos públicos” destinados a publicidad digital “al menos un 35%” deberá destinarse a sitios periodísticos de producción nacional y “al menos otro 25%” a los de producción provincial.
Por otra parte, el proyecto reduce a la mitad el espacio gratuito cedido por los medios audiovisuales para propaganda electoral: actualmente es el 5% del tiempo total de programación pero a partir de 2020 sólo el 2,5% será gratuito, mientras que el resto será considerado “pago a cuenta de impuestos nacionales”.
Otra de las novedades que introduce el proyecto son los aportes en especie: son los que consisten en la prestación de un servicio o la entrega de un bien en forma gratuita.