La medida dispuesta por el Gobierno tiene por objetivo determinar los mecanismos para analizar los distintos bienes y servicios importados por el sector minero.
El Gobierno nacional estableció una serie de parámetros para que la actividad minera se abastezca prioritariamente de empresas proveedoras locales en lugar de importaciones, a través de la resolución 138/2020 de la Secretaría de Minería, publicada en el Boletín Oficial.
La misma formalizó la vigencia del Manual de Procedimientos – Análisis de Competitividad de la Cadena de Valor Minera y Sustitución de Importaciones, que tiene por objetivo determinar los mecanismos para analizar los distintos bienes y servicios importados por el sector minero, para de esa manera identificar cuáles podrían ser abastecidos por empresas nacionales, de forma competitiva.
La idea de esta iniciativa es “ampliar el peso relativo aportado por los proveedores dentro de la matriz industrial a nivel local, provincial, regional y nacional”.
La Ley de Inversiones Mineras determinó que los inscriptos en el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera estarán exentos del pago de los derechos a la importación y de todo otro derecho, impuesto especial, gravamen correlativo o tasa de estadística, con exclusión de las demás tasas retributivas de servicios.
Esta exención rige para la introducción de bienes de capital, equipos especiales o parte o elementos componentes de dichos bienes, y de los insumos determinados por la autoridad de aplicación, que fueren necesarios para la ejecución de actividades comprendidas en el régimen.
Para el Gobierno, “la minería es un sector con un gran potencial de traccionar y dinamizar inversiones hacia la economía real en sus diferentes esferas”.
Télam