Con la publicación en el Boletín Oficial en la madrugada de este miércoles de la Resolución General 5504/2024, con firma de la flamante directora general de Adunas, Rosana Lodovico, se estipuló cuál es el proceso requerido.
“Corresponde establecer los procedimientos necesarios para la aplicación de los beneficios estipulados en los puntos 18. y 19. del artículo 15 de la Resolución General N° 5.107”, destacaron en los considerandos de la RG. Los cuales comprenden desde la reducción del tiempo hasta de los costos que conllevan las operaciones de comercio internacional, mediante un tratamiento diferencial en la gestión aduanera.
Frente a la falta de reglamentación se estableció el procedimiento sistémico de presentación, los registros informáticos y documentales aduaneros, y el proceso físico-sistémico, remoto y selectivo de consolidación para las operaciones del programa OEA.
Cómo solicitarlo
En el anexo de la Resolución, detallaron que, para solicitar el otorgamiento de los beneficios, se deberá efectuar el trámite “Beneficio OEA SEGURIDAD ART. 15 inc. 18) y 19) – RG 5107 AFIP” en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).