El gobierno nacional enviará un proyecto de ley para declarar la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020. La reglamentación implica varios cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
A priori, el gobierno de Alberto Fernández buscará sancionar la ley el jueves en la Cámara de Diputados. Además, la iniciativa será analizada este miércoles en un plenario de las comisiones de Presupuesto y Legislación General.
En esa instancia los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Producción Matías Kulfas, de Salud, Ginés González García, de Seguridad Social, Daniel Arroyo, y la directora de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, darán a conocer informes sobre los distintos ámbitos.
UN PROYECTO, VARIOS CAMBIOS: DÓLAR Y DEUDA PÚBLICA
Entre los puntos del proyecto aparecen varias modificaciones. Una de ellas es la creación de un impuesto del 30 por ciento a la compra de dólares, que se aplicará tanto para la adquisición para atesoramiento como para aquellas compras realizadas con tarjeta de crédito y regirá por cinco años.
En tanto, esta regulación tributaria no afectará a los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas ni proyectos de investigación.
Además, el gobierno tendrá la facultad de disminuir el recargo impositivo o suspenderlo si lo cree pertinente. Mientras tanto, la recaudación del impuesto se utilizará en un 70 por ciento para financiar los programas de la Anses, y 30 por ciento para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso.
Por otra parte, el proyecto de ley busca habilitar al gobierno a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública. A su vez, el gobierno deberá brindar información sobre la negociación a la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.
CAMBIOS PARA PYMES, TARIFAS E IMPUESTOS
En principio, se desarrollará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar. A esta iniciativa se le suman rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas empresas.
Por otro lado, el gobierno estará autorizado para iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente por el plazo de meses, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.
En relación a los impuestos, la ley buscará modificar el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas. Al mismo tiempo, se incrementará en forma progresiva el impuesto de bienes personales, pero se mantendrán exceptuadas a pagar el impuesto a los bienes que no superen los tres millones de pesos.
A esos cambios se le suman el aumento de la alícuota de bienes personales para los activos en el exterior, de los montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.
A su vez, el proyecto apunta a duplicar las tasas de estadística para importar bienes de consumo y a instituir una norma que establezca que los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos no pagarán renta financiera.
AUMENTOS AL CAMPO Y VARIACIONES EN JUBILACIONES Y SALARIOS
El proyecto de ley implica que el gobierno estará facultado a imponer derechos de exportaciones en un valor que no podrá superar el 33 por ciento de alícuota. En el caso de la soja, la idea es que se eleve el tope del 30 a 33 por ciento, y para el maíz y el trigo de 12 a 15 por ciento.
En cuanto a las jubilaciones, la intención del gobierno es suspender por plazos por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria. Además, la ley autoriza al gobierno a poder fijar trimestralmente los incrementos que otorgará a la clase pasiva.
Por otro lado, en caso de que la ley se apruebe, el gobierno podrá disponer aumentos por decreto y el Tesoro estará autorizado a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda.
Télam