La Unidad Fiscal especializada en Investigaciones de ilícitos con armas de fuego y explosivos (UFIARM) concluyó la investigación preliminar sobre el posible desvío de material bélico a Bolivia, para evitar una duplicación de la pesquisa dado que el tema ya está judicializado y tramita en el fuero Penal Económico.
La información fue confirmada por el cotitular de la Unidad Fiscal Especializada, Gabriel González Da Silva, y difundida este mediodía por el portal de noticias de Fiscales, que depende de la Procuración General de la Nación.
La investigación preliminar iniciada de oficio el pasado 9 de julio por la posible entrega de material bélico al Estado Plurinacional de Bolivia -el 12 de noviembre de 2019- fue cerrada para evitar la superposición con la causa que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°9, a cargo de Javier López Biscayart, y en la que interviene su colega Claudio Navas Rial.
Durante el transcurso de la investigación preliminar, el fiscal solicitó informes a distintos organismos estatales, para establecer si el Estado argentino colaboró con la Fuerza Aérea Boliviana en lo que fue la represión a las protestas desatadas en ese país luego del golpe de Estado contra Evo Morales.
El fiscal González Da Silva estimó que correspondía “judicializar la presente investigación para su prosecución por ante la aludida sede judicial, ello por cuanto los hechos que motivaran la iniciación de la presente ya poseen un juez natural designado para su juzgamiento“, según informó el sitio Fiscales.
“He sostenido -incluso a nivel doctrinal- la inconveniencia de la tramitación de investigaciones preliminares paralelas cuando existe una causa judicializada, entre otros motivos, por el riesgo de obstaculizar la pesquisa principal y, luego, por el derecho que tienen las personas que resultan imputadas de delitos en aquellas de acceder a la causa, tomar vista, proponer pruebas y ejercer su debido derecho de defensa en juicio de manera plena”, agregó.
La decisión la tomó “con el objeto de evitar incurrir en una doble persecución penal, respecto de un hecho que ya se encuentra bajo la órbita de un magistrado de esa competencia, en instancia judicial, circunstancia que, de no ser debidamente observada, podría implicar un exceso en las facultades y atribuciones por ley otorgadas a esta Unidad Fiscal para la instrucción de investigaciones preliminares”.
Télam