El proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo que busca abordar problemáticas estructurales y coyunturales experimentadas por los monotributistas ingresó a la Cámara de Diputados y sería debatido en las próximas semanas, en el marco del período extraordinario de sesiones.
Fuentes parlamentarias indicaron a Télam que la iniciativa, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el ministro de Economía, Martín Guzmán; y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, será girada en las próximas horas a la comisión de Presupuesto de la Cámara baja, para su tratamiento.
EL PROYECTO
En los fundamentos, el proyecto busca “establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo” que tuvo la cuarentena en los monotributistas, de manera de beneficiar “a una significativa cantidad de pequeños y pequeñas contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria“.
Las modificaciones apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotributistas.
A través de la iniciativa, se contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando se apruebe el proyecto. El texto fue elaborado por la AFIP y tiene por objeto aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y por ello deberían pasar al régimen general.
ALIVIAR LA SITUACIÓN ACTUAL
El proyecto, que consta de 17 artículos, establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.
De acuerdo al texto, podrán deducir además en el primer año el 50 por ciento del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30 por ciento en el segundo y el 10 por ciento en el tercer año.
Télam