La decisión fue “hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada”.
El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió este martes un dictamen que recomienda a la Corte hacer lugar a una queja presentada por los fiscales Edery y Schiappa Pietra y dejar sin efecto una sentencia que había beneficiado al senador Armando Traferri.
La decisión fue “hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada”. Lo que está en discusión es, por un lado, los argumentos que esgrimieron los jueces que consolidaron la mayoría en la votación de la Corte provincial a favor de Traferri. Por otro, el alcance de los fueros parlamentarios del legislador, en los que se amparó para no presentarse cuando fue citado por los fiscales Edery y Schiappa Pietra, que reunieron evidencias en su contra en el marco de una investigación contra el juego ilegal que comenzó en 2020, tras un asesinato en el casino City Center.
Cabe recordar que Luis Schiappa Pietra y Matías Edery, fiscales de la Agencia de Criminalidad Organizada del MPA, encontraron en 2020 en el marco de una investigación sobre el juego clandestino, que el histórico senador provincial de San Lorenzo formaba parte de una trama que incluía actores del Poder Judicial santafesino, integrantes de Los Monos y un capitalista del juego ilegal.
Cuando quisieron llevar a la justicia a Traferri, éste se amparó en sus fueros para evitar la citación. Desde aquel momento, la discusión sobre los fueros y la posibilidad de poder acusar a un legislador santafesino por corrupción fue atravesando distintas instancias judiciales. En ese marco, la Corte Suprema provincial -presidida en ese entonces por Rafael Gutiérrez, aliado político del senador- votó en contra del pedido de los fiscales. Ahora, con el fallo de la Procuración, se revierte aquella situación.
“El senador, invocando fueros parlamentarios, informó que no acudiría y la fiscalía solicitó entonces su desafuero al senado provincial para poder realizar la audiencia de imputación de cargos prevista en el artículo 274 del código procesal; pero el cuerpo decidió por mayoría mantener la inmunidad”, recordó el procurador Casal en el inicio de su dictamen.