A través de una resolución firmada por el ministro de Gestión Pública, Marcos Corach. También se permiten otras actividades afines a la navegación.
La provincia de Santa Fe, a través de resoluciones del Ministerio de Gestión Pública, firmadas por su titular, Marcos Corach, habilitó la pesca deportiva y recreativa en todo el territorio provincial.
Al mismo tiempo extendió en la provincia el horario de cierre de locales gastronómicos y afines.
Las medidas estarán vigentes desde las 0 horas del 2 de julio y hasta el día 9 de julio de 2021 inclusive.
Se autorizan las siguientes actividades:
a) La pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, ocupando en este último caso un máximo del 50% de la capacidad de transporte de personas habilitadas para la embarcación, por las autoridades competentes, debiendo ser menor en caso que con dicho porcentaje no pueda garantizarse el debido distanciamiento social;
b) Las actividades de guarderías náuticas a los fines de retiro y depósito de las embarcaciones para el desarrollo de las actividades habilitadas por el presente;
c) La navegación recreativa o deportiva en cualquier tipo de embarcación.
La navegación para el transporte de pasajeros en ningún caso podrá ser con el fin de realizar actividades recreativas, deportivas o reuniones sociales, pudiendo sólo efectuarse para la concurrencia de personas a realizar actividades esenciales.
La habilitación de las actividades indicadas en los incisos precedentes está sujeta al cumplimiento de las reglas generales de conducta y de prevención, y los protocolos oportunamente establecidos para las mismas, sin la realización de reuniones de personas antes o después de las actividades.
Las actividades habilitadas podrán ser desarrolladas por las personas dentro del límite del departamento donde tienen registrado su domicilio o lugar de residencia habitual.
Estas actividades deberán estar concluidas con la suficiente antelación a los fines de que quienes participen de las mismas cumplan con la restricción a la circulación vehicular dispuesta por el art 7 del decreto N°958 del 2021.