Más contribuyentes podrán usar el régimen simplificado de exportación

Por Impulso

La determinación fue adoptada por el Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ampliaron el universo de beneficiarios del régimen simplificado de exportación (Exporta Simple), al incorporar al mismo a los sujetos exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La resolución general conjunta 5134, publicada en el Boletín Oficial, establece que quienes se encuentran eximidos de pagar dicho impuesto puedan utilizar el régimen Exporta Simple.

De esta forma, se podrán incorporar al esquema las organizaciones civiles y los organismos del Estado que realizan exportaciones no tradicionales vinculadas a servicios como becas y subsidios internacionales, entre otros.

El esquema simplificado tiene por objetivo facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales a través de Operadores Logísticos (OLES); y apunta principalmente a los emprendedores y Pymes que quieran exportar.

El plan original comenzó en agosto de 2017 y desde su puesta en marcha se efectuaron más de 21.400 operaciones por un total de US$ 61,5 millones a más de 120 destinos (predominando las ventas a Estados Unidos, Chile, Uruguay, México y Perú), con 1.550 productos, y se sumaron 860 nuevos exportadores.

Las operaciones de venta al exterior se hicieron por un promedio de US$ 2810 cada una y con un peso de 37,5 kilos.

De acuerdo a los considerandos del decreto, la decisión de ampliar el alcance del régimen a los sujetos eximidos por el IVA, permitirá “promover el crecimiento económico y el desarrollo, incentivando las exportaciones y ofreciendo diferentes tipos de mercaderías y servicios en mejores condiciones de competencia”.

Para utilizar el régimen simplificado de exportación, los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT y clave fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, y alta en el IVA, el impuesto a las ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), según corresponda.

Además, las mercaderías a exportar no pueden superar los US$ 15.000 por producto, y los US$ 600.000 anuales por sujeto. Asimismo, quienes utilicen el esquema no tienen que pagar derechos de exportación.

Télam

Tags: contribuyentes exportacion régimen simplificado



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