La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó a los contribuyentes inscriptos dentro del Régimen Simplificado (monotributo) que el próximo 20 de septiembre vence el plazo para la última recategorización anual. El trámite se realiza a través de la página web del organismo.
Quedan obligados a efectuar el trámite aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: los ingresos brutos devengados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados -en el período entre septiembre de 2010 y agosto de 2011- y la superficie afectada a la actividad al 31 de agosto de 2011.
El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados.
El trámite se realiza a través de la página web (www.afip.gov.ar) utilizando su clave fiscal, ingresando al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario / Monotributo / Recategorización”.
En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado abonando el importe que corresponda a su categoría.
La AFIP indicó que las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización deberán abonarse a partir del mes siguiente al cambio.
A la fecha hay más de 2.398.000 contribuyentes dentro del Régimen Simplificado, de los cuales casi la mitad se encuentran inscriptos en la Categoría B.