Pandemia: ¿Cuántas consultas por coronavirus recibió el Sistema de Riesgos del Trabajo?

Los pedidos de atención fueron contabilizados desde el 20 de marzo hasta la fecha.

El sistema de riesgos del trabajo recibió denuncias para atender 111.925 casos de coronavirus de trabajadores registrados desde el comienzo de la pandemia el 20 de marzo pasado hasta el 17 de septiembre último, informó la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

De ese total, los trabajadores vinculados a la salud explicaron el 25% de los casos, seguido por el personal de las fuerzas de seguridad, bomberos y Fuerzas Armadas, con el 14%.

Las actividades que desarrollan venta minorista de bienes y servicios sumaron el 8% y quienes realizan tareas de mantenimiento y limpieza el 6%; los empleados del transporte de pasajeros el 5%, mientras que los trabajadores de seguridad privada representan el 3 % del total de los casos denunciados, precisó la dependencia nacional en un comunicado.

El 39% restante correspondió a empleados de las más de 200 actividades que forman parte del registro de la SRT.

La franja etaria con más casos fue de entre 30 y 34 años, donde se registraron 12.613 contagios entre los hombres y 8.365 entre las mujeres. Le sigue el rango entre 35 a 39 años (11.655 hombres y 7.588 mujeres) y en tercer lugar está la franja que va de los 25 a los 29 años (10.694 hombres y 6.921 mujeres).

El informe reveló que, a través del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales, el sistema debe afrontar hasta el momento un costo estimado de más de $ 7.400 millones, tomando como dato un promedio de casi 21 días de inactividad del trabajador con un sueldo bruto promedio de poco más de 61.000 pesos. Estas cifras no comprenden los gastos derivados de por las prestaciones médicas y en especie, solo se refiere al monto estimado en términos de Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) e indemnización por fallecimiento.

Mediante la puesta en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 367/2020, el Gobierno nacional dispuso que el Covid-19 “se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional no listada, respecto de las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el decreto N° 297/20 y sus normas complementarias“.

La norma determinó que las ART deben dar cobertura a los trabajadores que contraigan el virus, en aquellos casos en que las personas se encuentren desempeñando actividades y servicios declarados como esenciales, en el marco excepcional de la emergencia sanitaria.

Télam