En ese sentido, la directora de la Especialización en Derecho Sucesorio en la Facultad de Derecho de la UNR, Mariana Iglesias, dialogó con Gabriel Pennise por Radio Boing.
“La ley prevé que en el caso de que la persona no tenga herederos forzosos, como pueden ser hijos o cónyuges, los parientes que continúan en el rango son los colaterales, como pueden ser sobrinos o hermanos. Ellos son los que tienen prioridad, salvo que existiese un testamento”, comenzó destacando.
Luego, continuó: “Hay 10 años para aceptar la herencia, contando desde el fallecimiento. En esa década se pueden ir presentando nuevos herederos, y si aparecen algunos con mejor derecho, el llamamiento puede ir actualizándose. Hoy los herederos son los sobrinos pero podría modificarse si aparecen nuevos herederos testamentarios”.
“Una vez que los herederos iniciaron la sucesión, aceptaron la herencia. Como ellos no pueden disponer inmediatamente de los bienes, tienen la posibilidad de designar a un administrador para que se haga cargo de las cosas que dejó María Kodama”, continuó.
Por último, finalizó: “La falta de planificación sucesoria generó esta situación, que llama la atención en una persona con el altísimo nivel intelectual de ella. Quizás definitivamente quería que su sucesión vaya para sus sobrinos”.