Se promulgó la Ley que habilita el *voto a partir de los 16 años*

También se establece que el DNI se renovará a los 14 años, oportunidad en la que se solicitará la acreditación de escolaridad

Por Decreto 2106/2012 publicado este viernes en el Boletín Oficial se promulgó la Ley Nº 26.774, que incluye el derecho de votar a los que hayan cumplido dieciséis (16) años.

La promulgación lleva la firma de la presidente Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo.

La Ley de ciudadanía argentina fue sancionada por el Congreso el 31 de octubre último y la firma fue concretada este jueves por la Presidente durante un acto en la Casa de Gobierno.

Establece que son electores los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis (16) años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho (18) años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en la ley.

Entre otras cuestiones establece que la renovación del DNI se realizará a los 14 años. Al cumplir esta edad, se completarán todos los datos y antecedentes, incluyendo una nueva fotografía. En esta etapa de actualización, que suple al anterior enrolamiento y empadronamiento, se entregará el documento nacional de identidad que corresponde.

En la primera actualización de los datos de identificación, se requerirá la presentación del certificado que acredite escolaridad actual, extendido por autoridad competente.

Al tramitar la persona la actualización prevista a los catorce (14) años de edad, se solicitará el certificado de aprobación de la Educación General Básica, o la acreditación de escolaridad actual.

El Poder Ejecutivo nacional instrumentará una campaña de difusión y documentación destinada a que los jóvenes de catorce (14) años de edad tramiten la renovación del Documento Nacional de Identidad.